La Corte Provincial rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de Mario Rafael Boffil y confirmó la sentencia del TOP Nº1 que lo condenó a 4 años de prisión e inhabilitación especial por 8 años para conducir automotores, por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor.

La ratificación de la condena penal se da justo a 5 días de haberse cumplidp el sexto aniversario del trágico momento en que Mario Rafael Boffil embistió borracho y luego COBARDEMENTE huyo al matar al mozo Guillermo Juaní. 
 
La sentencia Nº 129/18 lleva la firma de los Ministros doctores Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez  y Fernando Augusto Niz, quienes al no aceptar el recurso de casación confirmaron lo resuelto por la Tribunal Oral Penal Nº1.

Esa dependencia lo halló culpable del delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y por tanto, lo condenó a 4 años de prisión e inhabilitación especial por 8 años para conducir automotores.

Los Ministros entendieron que la medida recursiva era inconducente y que la sentencia arbitraria –agravio de la defensa-  no se aplicaba sólo para subsanar meras discrepancias de las partes con los jueces. También señalaron que los magistrados no estaban obligados a ponderar una por una y exhaustivamente todas las pruebas. “(…) la sentencia se encuentra debidamente fundada, reuniendo los requisitos mínimos de validez”.

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