La Municipalidad de la ciudad de Corrientes acordó así el cobro de 30 millones de pesos que le adeudaba la Caja Municipal de Préstamos por conceptos de recaudación pendiente de depósitos y reintegros por pagos de contribuciones y aportes al IOSCOR. Casi 13 millones es lo que se debe a la Obra Social de los correntinos.

Ambos acuerdos se dan en el marco de un plan de conciliación de deudas históricas entre las partes, y de un proceso de saneamiento administrativo de la Caja Municipal.

Los acuerdos, aprobados por Resolución firmada por el intendente Eduardo Tassano, fueron publicados en el Boletín Oficial de la Municipalidad de la ciudad de Corrientes.

En esa línea, a través de la Resolución N° 1.374 se informó el acuerdo por deudas generadas por recaudación de la Caja Municipal no depositada en las cuentas comunales.

Con ese fin, la Dirección General de Informes Contables de la Municipalidad, elevó nota a la Caja Municipal de préstamos con la deuda registrada durante los meses de noviembre y diciembre de 2017.

Tras ello, la Caja Municipal elevó informe y documental respaldatoria de la conciliación y luego la Dirección General de Informes Contables expuso el monto de conciliación de 16.750.033,20 pesos, que fue validado por la Intervención de la Caja Municipal de Préstamos.

Finalmente, el intendente Eduardo Tassano, aprobó el modelo de convenio "Reconocimiento de Deuda" entre laMunicipalidad y la Caja Municipal" por el cual se oficializa el saldo de la deuda.

En tanto, a través de la Resolución 1302, se aprobó el reintegro de las acreencias en favor de la Municipalidad de Corrientes, por parte de la Caja Municipal de Préstamos por pago de servicios de obra social.

Es que la Dirección de Financiamiento informó la deuda de la Caja

Municipal en concepto de Contribuciones y Aportes adeudados al IOSCOR las cuales fueron saldadas por la Municipalidad en virtud de las retenciones de coparticipación efectuadas por la Provincia.

Así, se reconoció la deuda por12.950.048,90 pesos en favor de la

Municipalidad por los fondos de obra social.

En ambos acuerdos, la Caja Municipal se obliga a cancelar referida deuda bajo la metodología que ambas partes acuerden en futuros instrumentos de acuerdo a los mecanismos previstos por la normativa municipal, provincial y concordante, pudiendo compensarse dicha deuda a solicitud de las partes.

Además, las partes manifiestan, no podrán invocar la existencia de otras deudas por los conceptos expresados en el acuerdo y por los periodos establecidos.

Comentario


Código de seguridad
Refescar