El Concejo Deliberante mas mediocre de la historia institucional de la ciudad de Corrientes confirma su aislamiento social en las demandas del ciudadano, y NO tiene previsto adherir a los cambios planteados por el Gobierno Nacional en el Código de Tránsito, publicados en el Decreto 196/2025.

Para que entren en vigencia es imprescindible que cada jurisdicción ADHIERA a los cambios. Mientras tanto los DEGENERADOS FISCALES en la municipalidad y en el Concejo Deliberante de Corrientes siguen "cobrando impuestos VIOLENTAMENTE" para iniciar cada trámite respecto a las Licencias de Conducir.

Uno de los cambios principales se dio en materia de licencias: se estableció que toda Licencia Nacional de Conducir será válida el país en su versión digital, la cual figura en la aplicación Mi Argentina. A su vez, de ahora en más la versión física es opcional.

Con mayoría plena y absoluta en el oficialismo el actual Concejo Deliberante NO encuentra temas relevantes y aburguesados todos solo se limitan a "sancionar" reconocimientos a "figuras" capitalinas y a dar "premios de buena persona" a otros

El Gobierno Nacional confirmó la posibilidad de que médicos profesionales puedan prestar el servicio de chequeo de aptitudes psicofísicas que, posteriormente, sería lo único requerido para la renovación de la licencia.

De esta manera, aquellos que porten una habilitación para conducir de tipo A, B y G (particulares), necesitarán la firma de un médico acreditado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para obtener la renovación instantánea sin necesidad de presentarse ante un centro municipal.

Esto genera que a partir de ahora los usuarios podrán elegir a qué centro médico acudir para luego continuar con el trámite de manera digital. En cuanto a la vigencia de las licencias particulares, el esquema quedó configurado de la siguiente manera:

Menores de 21 años: podrán obtener una clase A, B y G con una duración de cinco años.
Entre 21 y 65 años: la licencia podrá ser de cualquier categoría y tendrá una vigencia de cinco años.
Mayores de 65 años: con licencias A, B y G deberán revalidarla cada tres años.
A partir de los 70 años: el trámite es anual.
A pesar de los cambios ,si una persona comete faltas graves durante los primeros dos años luego de sacar la licencia por primera vez, se le suspenderá y tendrá que rendir los exámenes de nuevo, según establece la nueva Ley Nacional de Tránsito.

El domicilio real no necesitará coincidir con el de la licencia profesional, por lo que el conductor podrá elegir cualquier jurisdicción en donde tramitar el documento.

Entre tanto, las personas que cambien de jurisdicción de vivienda no necesitarán tramitar nuevamente la licencia sino que alcanzará con una actualización de domicilio digital.

 

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