El Tribunal Oral Penal Nº 1 (TOP 1) resolvió rechazar el pedido de exclusión -de la pericial contable y del testimonio de su autor- esgrimido por la defensa de los nueve imputados, entre los que está el ex gobernador Arturo Alejandro Colombi (2005-2009) por la denominada Causa Publicidad. “

Es el tribunal el que decidirá en su momento sobre el valor de la prueba y la opinión del perito”, dijo la presidenta del debate, doctora Ana del Carmen Figueredo, al dar a conocer la resolución.

Los magistrados desestimaron el planteo de nulidad defensivo, basado en los dichos del contador Luciano Mario González, quien había dicho en el primer tramo de su declaración durante la 12ª audiencia que el juez original de la causa, Luis Osvaldo Cocchia Breard le “dio los criterios a seguir” para realizar su pesquisa, cuya conclusión fue que entre enero de 2007 y octubre de 2009 “se hicieron reparto y retribución en partidas de pautas pese a que eso estaba prohibido por ley”.

Con la cuestión dirimida, el TOP 1 convocó para el martes 14 a las 9.30 a González para que prosiga con su declaración. Sin embargo un defensor cuestionó la validez de la misma arguyendo que el perito incurrió en el delito de falso testimonio.

““No corresponde a los fiscales defender la honorabilidad de un juez”“, dijo la jueza Figueredo en respuesta a la argumentación que durante la 14ª jornada de debate habían dado los representantes del Ministerio Público, Gustavo Schmitt y Gustavo Roubineau (fiscal requeriente), para refutar la fundamentación defensiva.

Es que Armando Aquino Britos, defensor de José María Roldán, había opinado en la 13ª jornada de debate que el jubilado juez Cocchia Breard violó el principio de imparcialidad al “contaminar la prueba”, al “dar letra al perito”.

El abogado lo encuadró en figuras delictivas como “falsedad ideológica” e “incumplimiento de los deberes de funcionario público”. “Si existen actos ilícitos tienen los canales para denunciarlo, no es una cuestión que atañe al tribunal”, dijo Figueredo al respecto, y agregó que “será el juez (Cocchia) el que deberá iniciar querella si así lo considera ya que se trata de un delito de acción privada”.

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